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Medios de pago

El pago de su factura puede ser realizado fácilmente desde cualquiera de nuestras entidades autorizadas

Cta. Cte. 0160 6999 5302

Cta. Cte. 019-914845

Cta. Cte. 71097537732

Otros medios de pago

Da clic en los botones según corresponda que están a continuación para realizar el pago en línea:

Preguntas frecuentes

¿Me voy a quedar sin energía en el proceso de cambio de comercializadora?

La respuesta es no. En ningún caso cortarán el suministro de energía mientras dure el tránsito de compañía. Ahora en caso de ser necesario de realizar un corte por un tema técnico puntual este se coordinaría con tiempo con el cliente, el operador de red respectivamente.

En caso de una EMERGENCIA, ¿Dónde llamo?

QI ENERGY S.A. E.S.P. cuenta con un servicio de atención telefónica las 24 horas 7 días a la semana, que representa a nuestro cliente ante el operador de red. Pueden llamarnos a través de nuestro Call Center: (602) 2855093 opcion 1 – Correo Electrónico:  callcenter@qienergy.co

¿Me va a subir el precio de la tarifa en el período de contrato?

La factura incluye conceptos cuyo valor varía mensualmente como lo es la tarifa, la cual es el costo del servicio por kilovatio la cual tiene componentes que varían mensualmente de acuerdo a la regulación vigente y a factores externos. No es posible para los usuarios regulados lantear una tarifa fijames a mes.

Tal y como lo establece la Ley 142 de 1994, corresponde a las comisiones de regulación fijar las fórmulas tarifarias con base en las cuales las prestadoras fijan sus tarifas de acuerdo con los costos aprobados por las comisiones.  La Constitución en su Artículo 367, defirió a la ley, la tarea de fijar el régimen tarifario «que tendrá en cuenta además de los criterios de costos, los de solidaridad y redistribución de ingresos”, y de determinar las entidades competentes para fijar las tarifas. De tal forma, es importante precisar que QI ENERGY debe cumplir con lineamientos establecidos en la normatividad y regulación del mercado eléctrico colombiano.

¿El comercializador anterior continuará enviando factura?

Cuando inicie hacer atendido por QI ENERGY SA ESP, recibirá su factura por suministro de energía, por lo tanto, no volverá a recibir más facturas de su anterior comercializador. Cabe aclarar que se puede presentar una facturación casi simultánea cuando este en tránsito el proceso de cambio de comercializador. En este momento se presentará una facturación por servicio de energía de su anterior comercializador hasta el día que lo deje de atender y pase al otro.

Es importante tener presente que en algunas ciudades el comercializador de la zona factura otros servicios (acueducto – alcantarillado o Alumbrado Público), en estos casos, continuará recibiendo factura por esos servicios.

¿Cómo puede solicitar copia de mi factura de Energía?

QI ENERGY SA ESP tiene habilitado varias alternativas para que nuestros clientes puedan obtener el duplicado de su factura.

Pueden solicitarla por correo al área de servicio al cliente servicioalcliente@qienergy.co

Por la página WEB www.qienergy.co pueden solicitarla o pueden descargarla directamente.

¿Puedo pagar la factura vencida?

La respuesta es SI. QI ENERGY SA ESP tiene a disposición de nuestros clientes un abanico de alternativas de pago que puede encontrar en nuestra página WEB como es pagos por (PSE) como también Banco BBVA Cta. Ahorros 616082509 y Grupo Bancolombia Cta. Corriente 71097537732

Si me han suspendido el servicio por deuda pendiente y cancelo, ¿En cuánto tiempo me reconectan el servicio?

QI ENERGY SA ESP, tiene un plazo de 24 horas para realizar la reconexión después de haberse realizado un proceso de suspensión.

¿Quién define las tarifas de los servicios públicos domiciliarios?

Acorde con la Ley 142 de 1994, corresponde a las comisiones de regulación fijar las fórmulas tarifarias con base en la cuales las prestadoras fijan sus tarifas de acuerdo con los costos aprobados por las comisiones.

¿Quién puede contratar un servicio público domiciliario?

Según la ley, toda persona que habite, utilice de modo permanente un inmueble, tiene derecho a recibir cualquier servicio público domiciliario, pero únicamente puede contratarlo quien sea legalmente capaz.

¿Qué debe hacer una persona para obtener la prestación de un servicio público domiciliario?

Entregar a la prestadora una solicitud que contengan, entre otros, los siguientes datos: nombre del solicitante, documento que lo identifique, dirección donde desea que se instale el servicio y tipo de servicio que requiere. Adicionalmente debe encontrarse al día con el comercializador actual y haber cumplido el tiempo mínimo de permanencia.

¿Se requiere autorización del propietario del inmueble para que el arrendatario pueda acceder a un servicio público domiciliario?

Sí, la Ley Anti-tramites o Decreto 019 de 2012, exige la autorización expresa del propietario de un inmueble y previa a la solicitud de instalación de un servicio público domiciliario, por parte del arrendatario.

¿Qué es el Contrato de Condiciones Uniformes (CCU)?

Es el acuerdo por el cual una entidad prestadora de servicios públicos se compromete a prestar un determinado servicio público domiciliario a cambio de un precio en dinero. Ninguna persona puede recibir servicios públicos manera gratuita. La prestadora a través de este contrato de servicios públicos señala unas condiciones de prestación iguales para todos los usuarios.

¿Desde cuándo existe contrato de condiciones uniformes?

Existe Contrato de Condiciones Uniformes desde que la prestadora establece las condiciones uniformes en las que está dispuesta a prestar el servicio y el propietario o quien utiliza un inmueble determinado, solicita recibir allí el servicio, lo anterior, siempre y cuando el solicitante y el inmueble reúnan las condiciones exigidas por la prestadora.

¿Cuándo termina el contrato de condiciones uniformes?

Se da por terminado por las causas y bajo las formalidades señaladas en el mismo. También puede terminarse, según el artículo 14 de la Ley 142 de 1994 por el incumplimiento reiterado del contrato.

¿Cómo debo presentar las peticiones, quejas o reclamaciones?

Se pueden formular en forma escrita o verbal en las Oficinas de Atención al Cliente de los prestadores de servicios públicos domiciliarios Para presentar derechos de petición debe suministrar la siguiente información: 

  • Nombre del prestador a quien se dirige
  • Descripción clara de los motivos de la petición, queja, o reclamo
  • Relación de documentos que anexa, si los hubiere, nombre, firma e identificación de quien presenta la petición, queja o reclamo.
  • Indicar correo electrónico para la notificación de la respuesta, y en lo posible número de teléfono y dirección.
  • Firma del peticionario.
¿Qué trámite le debe dar la prestadora a mi petición, queja o reclamo?

La prestadora cuenta con 15 días hábiles a partir de la radicación para responder a su petición queja o reclamo, más 5 días hábiles para iniciar el trámite de notificación de la respuesta. El plazo puede ampliarse si se requiere de la práctica de pruebas, caso en el cual el usuario debe ser informado al respecto. También se amplía el termino de respuesta si es el usuario quien ocasiona la demora, por ejemplo, cuando no complementa la información adicional que le solicite la prestadora para poder contestar la solicitud.

¿Qué cobros puede hacer la prestadora en la factura?

En la factura solo se puede incluir el valor de los consumos y los demás servicios inherentes relacionados con la prestación del servicio. También se puede incluir el cobro de intereses por mora en el pago oportuno de las facturas y el servicio de alumbrado público, el cual, según la Corte Constitucional es un servicio inherente a la prestación del servicio público domiciliario de energía.

¿Qué autoridad atiende las reclamaciones por el servicio de alumbrado público?

Se atienden en la alcaldía municipio respectivo.

¿Cómo puedo descargar mi factura desde la página web?

Nuestro cliente puede obtener sus facturas a través de la pagina web www.qienergy.co usando su perfil y cuenta asignada de uso exclusivo y también por los canales de atención de servicio al cliente servicioalcliente@qienergy.co

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